Objeto
Líneas de ayuda:
- Capítulo II: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas contemplados en el Anexo I del Tratado, exceptuando el vino y pescados, crustáceos y moluscos.
- Capítulo III: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos forestales.
- Capítulo IV: Ayudas para la realización de inversiones en la transformación, comercialización y/o desarrollo de alimentos ecológicos en las industrias agrarias y alimentarias de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Estas ayudas no podrán sumarse a las de los capítulos anteriores.
- Capitulo V: Ayudas a la realización de proyectos en las industrias agrarias y alimentarias de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que no tengan encaje en los apartados anteriores -exceptuados el vino y los productos procedentes de la pesca y la acuicultura- así como a la valorización de subproductos agrarios.
Beneficiarios
Dependiendo de la línea. En varias líneas deben tener la consideración de PYMES para ser elegibles. En general: Personas físicas o jurídicas privadas con establecimiento productivo en la CAE, que transformen, desarrollen o comercialicen productos a partir de los productos agrícolas del Anexo I (agricultores o agrupaciones, cooperativas, empresas agroalimentarias…), productos forestales, productos ecológicos, y valorización de subproductos agrarios.
Financiación
Cap. II: Máximo del 65% si son micropymes, 50% para pymes y 25% para grandes empresas
Cap. III: Porcentaje máximo un 40%
Cap. IV: Máximo del 65% si son micropymes y 50% para pymes
Cap. V: Máximo del 65% si son micropymes y 50% para pymes
Plazo ejecución
Inicio: después de la solicitud de la ayuda. Se admitirá como fecha de solicitud la presentada antes de la publicación de la orden, siempre que se hubiera efectuado la pertinente comprobación o acta de no inicio.
Finalización proyectos anuales: 31/12/2025 (posibilidad de prórroga hasta 31/1/2026).
Finalización proyectos plurianuales: solo las solicitudes que incluyan obra civil e instalaciones técnicas industriales, 31/12/2026 (posibilidad de prórroga hasta 31/1/2027).
Gastos Subvencionables
- Construcción o adquisición de bienes inmuebles (excepto valor del terreno). Deberán incorporar la maquinaria e instalaciones técnicas industriales necesarias para justificar la inversión.
- Honorarios profesionales obligatorios para ejecutar la obra civil y/o las instalaciones industriales.
- Realización de instalaciones técnicas industriales.
- Equipamiento de plantas productivas (vestuarios, oficinas, mobiliario…)
- Adquisición de maquinaria y material informático.
- Inversiones en procesos de mejora, calidad y minimización de impacto ambiental, con la finalidad de obtener una acreditación, certificación, o adaptación de los productos al cumplimiento técnico-sanitario de los procesos productivos.