Ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera 2023
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Presupuesto

Total: 188.000.000 € 114.000.000 € en forma de préstamo y 74.000.000 € en subvención
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Plazo de presentación

28/06/2023

Financia

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
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Objeto

Incentivar el desarrollo e implementación de planes de innovación y sostenibilidad en las empresas industriales a través de la ejecución de proyectos de investigación industrial, desarrollo tecnológico, innovación de procesos y de organización de empresas industriales en diversas prioridades temáticas, y de inversiones enfocadas a la sostenibilidad a través de la mejora de la eficiencia energética y la protección ambiental más allá de las normas de la Unión.
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Beneficiarios

Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, y que no formen parte del sector público que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de Orden ICT/309/2022, de 31 de marzo, por la que se modifica la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio.
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Financiación

  • Las ayudas podrán tener la forma de préstamo reembolsable o ser una combinación de préstamo y subvención.
  • La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% del presupuesto financiable
  • El presupuesto mínimo para cada proyecto será de 100.000 euros.
  • En todo caso, las ayudas respetarán los límites, umbrales e intensidades máximas previstas en el artículo 14 de la ICT/789/2021, de 16 de julio.
  • El importe máximo de ayuda en forma de subvención será, como máximo
    • 50% pequeñas empresas
    • 20% medianas empresas
    • 10% grandes empresas Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
    • 10% grandes empresas para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Línea de I+D+i
    • 5% grandes empresas proyectos de innovación en materia de organización y procesos y en la Línea de I+D+i
  • Préstamos: importe nominal limitado según Riesgo Vivo Acumulado con la DGIPYME y según cifra de negocios 2 años anteriores, tipo de interés 0%, plazo de amortización 10 años con 3 de carencia

Plazo ejecución

Inicio efecto incentivador: día siguiente a la presentación de la solicitud

Plazo: 24 meses

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Gastos Subvencionables

Para la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, se incluirán las siguientes partidas de gastos:

  • Costes de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar).
  • Costes de instrumental y material inventariable (amortizaciones). No superarán el 60% del presupuesto financiable.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

Para la Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética, serán susceptibles de ayuda las siguientes partidas de gastos:

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Edificación e instalaciones: No podrán suponer más del 50 % del coste financiable del proyecto.
  • Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «knowhow» o conocimientos técnicos no patentados.
  • Colaboraciones externas: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones vinculadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

Para ser financiables, los costes imputados deberán ser costes de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la Unión aplicables o para incrementar el nivel de protección medioambiental del proceso de producción en ausencia de normas de la Unión, o bien para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética del proceso productivo.

Determinación de los costes según se pueda considerar inversión separada o no.

sostenibilidad como factor decisivo de compra
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Requisitos