Ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico 2021
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Presupuesto

40.000.000 €
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Plazo de presentación

18/05/2021

Financia

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Objeto

Financiación de proyectos de inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón, exceptuados los productos de la pesca y de la acuicultura
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Beneficiarios

Entidades asociativas prioritarias (EAP), reconocidas de acuerdo con el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio. Entidades mercantiles participadas mayoritariamente (más del 50% del capital social) por una Entidad Asociativa Prioritaria en los sectores para los que ha sido reconocida la EAP
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Financiación

  • Entidades Asociativas Prioritarias: máx. 60%
  • Entidades Mercantiles participadas por una EAP:  máx. 40%
  • Ayuda máxima por proyecto: 5.000.000 €.

Plazo ejecución

Desde la presentación de la ayuda o, en su caso, desde el levantamiento del acta de no inicio, hasta el 01/09/2022

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Gastos Subvencionables

Inversiones tangibles:

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, o instalaciones, o centros logísticos;
  • Compra o arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria o equipos u otros bienes

Inversiones intangibles:

  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos (software);
  • Adquisición de patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas;
  • Gastos vinculados a la empresa en general

Gastos generales vinculados al proyecto (máx. 8%) tales como:

  • Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores para la elaboración del proyecto y la dirección de obra.
  • Honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad
  • Evaluación de impacto ambiental cuando proceda, de acuerdo con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
planta piloto azti
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Requisitos