Ayudas a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario, para el desarrollo de sus actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para dicho sector
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Presupuesto

Total: 2.529.250 euros
  • 1.776.060 euros para transferencias de carácter general a OPAs y otras Entidades Asociativas
  • 753.190 euros para su participación y presencia internacional
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Plazo de presentación

20 de abril de 2021

Financia

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Objeto

Fomento de las siguientes actividades:
  1. Actividades de representación ante la Administración General del Estado o de participación en sus órganos colegiados.
  2. Actividades de representación y de participación ante la Unión Europea.
  3. Realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario acordes con la política del Departamento en materia medioambiental, agraria y alimentaria.
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Beneficiarios

  1. Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAS) de ámbito estatal, y de carácter general y representativo.
  2. Otras entidades asociativas agroalimentarias de ámbito estatal y carácter representativo, exceptuando aquéllas que tengan establecidos con el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente convenios en los que se incluyan las actividades de representación y colaboración con la Administración General del Estado, o aquéllas para las que existan en los Presupuestos del Departamento una línea específica de ayudas dirigidas a financiar sus gastos ordinarios de funcionamiento.
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Financiación

Varía en función del tipo de gasto. (Consultar artículo 4 de la Orden APM/476/2018, de 30 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras)

Plazo ejecución

01/01/2021 - 20/11/2021 (plazo de ejecución y justificación)

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Gastos Subvencionables

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Requisitos

Requisitos Beneficiarios:

  • Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considera que carecen de fines de lucro aquellas entidades que también desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de éstas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Que tanto ellas como las organizaciones integradas en las mismas estén al corriente de sus obligaciones con la Comisión Gestora de la Extinta Confederación Nacional de Cámaras Agrarias, por el uso del patrimonio gestionado por dicha Comisión.
  • En el caso de las OPAS, se deberá corresponder el volumen total de gastos devengados en el año anterior al de la convocatoria correspondiente con las actividades propias de los fines, según estatutos de la entidad solicitante, y que dicho volumen sea el que refleja su contabilidad correspondiente a dicho año, elaborada en consonancia con el Plan General de Contabilidad vigente.