Subvenciones para actuaciones que impulsen la Economía Circular en la gestión de residuos 2024
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Presupuesto

1.005.000 €
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Plazo de presentación

25/04/2024

Financia

Diputación Foral de Gipuzkoa
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Objeto

Subvenciones destinadas a los ayuntamientos, mancomunidades de gestión de residuos urbanos, asociaciones sin ánimo de lucro, sociedades mercantiles con domicilio social y fiscal en Gipuzkoa y personas físicas trabajadoras en régimen de autónomos con domicilio social en Gipuzkoa con destino a actuaciones que impulsen la economía circular en el Territorio Histórico de Gipuzkoa en cualquier tipo de residuo urbano, comercial e industrial.
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Beneficiarios

  1. Ayuntamientos guipuzcoanos.
  2. Mancomunidades de residuos del THG.
  3. Entidades sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en el THG que actúen en el mismo, incluyendo cooperativas.
  4. Sociedades mercantiles con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y empresas con forma societaria de cooperativa, siempre que actúen en el THG.
  5. Personas físicas trabajadoras en régimen de autónomos con domicilio fiscal en Gipuzkoa
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Financiación

Subvención: máx. 75% y 35.000 € por actuación.

Plazo ejecución

Deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre del año de la convocatoria.

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Gastos Subvencionables

  • Los gastos de personal no superarán el 50% del presupuesto ni los 10.000 €
  • Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera y los gastos periciales para la realización del proyecto y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Se incluirán actuaciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de los residuos, incluyendo también proyectos de bioeconomía y determinadas campañas de sensibilización.
  • Adquisiciones de elementos del inmovilizado material directamente relacionadas con las actuaciones subvencionables con los límites establecidos en las bases 4 y 12. Si bien no podrán acogerse a este programa de ayudas, los distintivos contra la publicidad no deseada, los vasos, las jarras, ni las guías generales de prevención y reciclaje de residuos.
  • Quedan excluidas las acciones de carácter teórico, consistentes en estudios e investigaciones en los que no lleguen a prevenirse, reciclarse o reutilizarse residuos. Tampoco serán objeto de subvención aquellas actuaciones que tengan por objeto prevenir o limpiar la basura dispersa, ya que existe otra línea de subvenciones para ello.
  • En cuanto a las acciones y/o campañas de sensibilización, sólo se admitirán aquellas dirigidas a incrementar la recogida selectiva por parte de las entidades titulares y recibirán un trato prioritario según lo indicado en la base 7.1.
  • En lo que respecta a los contenedores de residuos, se admitirá su adquisición total o parcial como inversión sólo en el caso de que se trate de extender la recogida selectiva a nuevas zonas o cuando se trate de un cambio en el sistema de recogida con el objeto de mejorar la recogida selectiva.
  • Se subvencionarán proyectos de compostaje doméstico (y comunitario), incluyendo los compostadores necesarios para su desarrollo. Las entidades que propongan actuaciones de reutilización deberán proporcionar al Departamento de Sostenibilidad de la DFG los datos en kg de los residuos que han gestionado con ese fin en el año de la convocatoria. Esa información será utilizada por esta administración con la finalidad del cálculo de objetivos y su posible publicación atenderá siempre al secreto estadístico.
  • Podrá subcontratarse hasta el 100% de la actuación.
sostenibilidad alimentaria
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Requisitos