OCM Inversión 2022: Ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola
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Presupuesto

4,4 millones de euros.  
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Plazo de presentación

31/01/2022

Financia

Dpto. Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente - Dirección de Industrias Alimentarias Gobierno Vasco
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Objeto

Conceder apoyo financiero a las inversiones tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, así como estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles; y de esta manera mejorar el rendimiento global de las empresas del sector vitivinícola y su adaptación a las demandas del mercado, así como a aumentar su competitividad
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Beneficiarios

  • Empresas vitivinícolas
  • Organizaciones de productores vitivinícolas
  • Asociaciones de 2 o más productores, con personalidad jurídica
  • Organizaciones interprofesionales
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Financiación

El tipo de ayuda en relación con los costes de inversión admisibles al que se refiere el artículo 50.4 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 será el 40 % en la CAPV.

Adicionalmente se aplicará lo siguiente:

  1. El tipo de ayuda del 40% establecido en la CAPV para las microempresas y pequeñas y medianas empresas, según se definen en la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
  2. Para las empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocios sea inferior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 50 % del tipo de ayuda.
  3. Para las empresas con 750 o más empleados y cuyo volumen de negocios sea igual o superior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 25 % del tipo de ayuda.

 

Plazo ejecución

  • Las inversiones subvencionables no pueden estar comenzadas en el momento de presentar la solicitud.
  • Las operaciones deberán afectar presupuestariamente al ejercicio FEAGA inmediatamente posterior a aquel en que se cierre el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda. La ejecución de las operaciones podrá tener lugar desde la fecha de presentación de la solicitud y, en su caso, tras el levantamiento del acta de no inicio correspondiente.
  • Solo serán admisibles solicitudes por operaciones anuales en que los conceptos de gasto se limiten al ejercicio inmediatamente siguiente al ejercicio FEAGA en el que se cierre el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda objeto de la convocatoria.
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Gastos Subvencionables

Se considerarán subvencionables los costes de las siguientes acciones:

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.
  • Costes generales vinculados a los gastos anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, así como estudios de vialidad, con el límite del 8% del presupuesto aprobado para la operación de inversión.
  • La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas
enologia
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Requisitos