Objeto
Financiación de proyectos de desarrollo experimental, de cualquier sector productivo, basados en IA y otras tecnologías duales y su integración en las cadenas de valor, que tenga aplicación en estos ámbitos tecnológicos:
- Tecnologías de inteligencia artificial, tales como computación de alto rendimiento, computación en la nube y periférica, tecnologías de análisis de datos, visión computarizada, procesamiento del lenguaje, aprendizaje automático, reconocimiento de objetos.
- Tecnologías avanzadas de conectividad, de navegación y digitales.
- Tecnologías de ciberseguridad y sistemas de seguridad.
- Internet de las cosas y realidad virtual.
- Tecnologías avanzadas de detección.
- Tecnologías espaciales.
- Robótica y sistemas autónomos.
- Tecnologías avanzadas de materiales y de fabricación.
Beneficiarios
Empresas que, deberán disponer del domicilio fiscal ubicado en territorio español, o disponer de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español.
Financiación
Hasta 60% pequeñas empresas, 50% medianas y 40% grandes siempre que difundan ampliamente sus resultados o desarrollen proyectos en una de las CCAA menos favorecidas o en Canarias.
Presupuestos elegibles: 400.000 € – 5.000.000 €
Plazo ejecución
El proyecto podrá comenzar desde la fecha de la presentación de la Solicitud y concluirá 15 meses después de la publicación de la Concesión.
Gastos Subvencionables
- Costes de personal: coste-hora máximo subvencionable 50 €/hora.
- Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones: coste-hora max. subvencionable 50 €/hora. Subcontratación no podrá superar 40% importe del ppto. subvencionable.
- Gastos informe auditoría: importe max. no podrá exceder 1,5% del total del ppto. subvencionable correctamente justificado.
- Gastos de instrumental y material (inventariable y no inventariable): no podrá superar el 30% del coste del ppto. subvencionable correctamente justificado.
- Costes indirectos: 15% costes directos de personal subvencionable del proyecto. Respecto de estos costes no será necesario aportar justificantes de gasto.