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/ Objeto

Programa de ayudas destinado a personas físicas o jurídicas privadas de los sectores agrario, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de proyectos de inversión, mediante la prestación de garantías a los préstamos a conceder por el Instituto Vasco de Finanzas y las Entidades Financieras colaboradoras, y la bonificación de tipos de interés para la reducción del coste financiero de dichos préstamos.

Líneas de ayuda:

1. Prestación de garantías para proyectos de inversión inicial de financiación de riesgo presentados por PYMEs no cotizadas, de los sectores mencionados.

2.Prestación de garantías para proyectos de inversión presentados por empresas de los sectores mencionados. Dichas ayudas se encuadran en los reglamentos de minimis.

3. Bonificación de tipos de interés para la reducción del coste financiero en el ámbito de la línea de financiación a empresas de los sectores mencionados. Dichas ayudas se encuadran en los reglamentos de minimis.

/ Beneficiarios

Línea a):
Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan la categoría de PYME no cotizada, de los sectores mencionados, que cumplan al menos una de las condiciones siguientes:

a) que no hayan operado en ningún mercado
b) que lleven operando en cualquier mercado menos de siete años a partir de su primera venta comercial
c) que necesiten una inversión inicial de financiación de riesgo que, sobre la base de un plan de negocio elaborado con vistas a introducirse en un nuevo mercado geográfico o de productos, sea superior al 50% de la media de su volumen de negocios anual en los últimos cinco años.

Línea b):
Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que pertenezcan a los sectores mencionados.

Línea c):
Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que hayan sido beneficiarias de ayudas relativas a la financiación de riesgo mediante prestación de garantías financieras.

/ Presupuesto

Esta línea de financiación tendrá un límite de referencia de 15.250.000 € en forma de préstamo.
Se ha constituido un Fondo de Garantía, destinado a la cobertura de fallidos, de 2.440.000 €.
Importe máximo para la bonificación de tipos de interés: 300.000 €.

/ Financiación

Cuantía y características de las operaciones de financiación

Línea a): El importe total de la financiación de riesgo no excederá de 15 millones de euros por empresa subvencionable.

Línea b): La cuantía establecida en los Reglamentos (UE) de la Comisión relativos a la aplicación de las ayudas de minimis, según tipo de proyecto o beneficiario.

Cuantía máx. por préstamo: 80% de la inversión prevista en la solicitud.

El tipo interés, plazos y demás condiciones de los préstamos serán los establecidos en el Convenio de Colaboración anexado a la Orden.

El Fondo de Garantía dará cobertura al 80% de cada fallido, con el límite del 20% del importe nominal total formalizado.

Las Entidades Financieras partícipes en el Programa lo hacen en condición de inversores privados independientes.

Cuantía de la bonificación de intereses en operaciones de préstamo

La bonificación en sus tipos de interés podrá alcanzar un máximo del 1% del interés aplicable en los préstamos. En ningún caso será negativo.

La cuantía se abonará de una sola vez y se calculará con la tasa de actualización definida en la Comunicación de la Comisión (2008/C14/029).

La ayuda máxima como bonificación de intereses no podrá ser superior a 100.000 euros por proyecto.

/ Plazo presentación

31/12/2020

RESUMEN DE LA AYUDA

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